Multiplica*


Aportaciones voluntarias con periodo de permanencia


Diferencias con otras tipologías de aportaciones al capital social

La siguiente tabla muestra las diferencias entre las distintas tipologías de aportaciones al capital social de Coop57.

TIPOLOGÍA

Aportaciones obligatorias

Aportaciones voluntarias exigibles

Aportaciones voluntarias a los fondos propios

Aportaciones voluntarias con periodo de permanencia

FINALIDAD

Su finalidad es establecer el vínculo como socia de Coop57.

Su finalidad es fomentar el ahorro solidario para financiar proyectos de economía social y solidaria.

Su finalidad es fortalecer los fondos propios de Coop57.

Su finalidad es fomentar el ahorro solidario con una cierta permanencia para financiar proyectos de economía social y solidaria.

VINCULACIÓN CON LOS FONDOS PROPIOS

Forma parte de los fondos propios de Coop57.

No forma parte de los fondos propios de Coop57.

Forma parte de los fondos propios de Coop57.

No forma parte de los fondos propios de Coop57.

IMPORTE

  • Socias de servicios: 901,52 €.
  • Socias colaboradoras: 300 €.
  • Socias de trabajo: 901,52 €.

Máximo 300.000 € por socia.

  • Mínimo: 1.000 €.
  • Máximo:
    • Socias de servicios: 30.000 €.
    • Socias colaboradoras: 15.000 €.
    • Socias de trabajo: 15.000 €.
  • Mínimo: 1.000 €.
  • Máximo anual:
    • Socias de servicios: 50.000 €.
    • Socias colaboradoras: 20.000 €.
    • Socias de trabajo: 20.000 €.

REMUNERACIÓN

No está remunerada.

  • Está remunerada
  • Remuneración para 2025: 0,5% anual.
  • Remuneración para los próximos años: la establecerá la Asamblea General.
  • Está remunerada.
  • Remuneración hasta 31 de mayo de 2026: 2% anual.
  • Remuneración a partir del 1 de junio de 2026: remuneración de las aportaciones voluntarias exigibles +1,50% anual.
  • Está remunerada.
  • Remuneración durante los 2 primeros años: 1,50% anual.
  • Remuneración a partir del 3r año: la establecerá la Asamblea General.

Pago de la remuneración: 31 de diciembre de cada año.

Pago de la remuneración:

  • 1r pago: 31 de mayo de 2026 (remuneración devengada desde el 15 de noviembre de 2024).
  • A partir del 1 de junio del 2026: 31 de mayo de cada año.

Pago anual.

La remuneración se paga cuando la aportación cumple el año de permanencia y se abona el día 15 de cada mes para las aportaciones suscritas antes del día 10.

No tiene ningún tipo de deducción en la remuneración en caso de devolución.

Deducciones en caso de devolución:

  • No se percibirá remuneración en las aportaciones reembolsadas antes del 1 de junio del 2026.
  • En las aportaciones reembolsadas a partir del 1 de junio del 2026, se percibirá íntegramente la remuneración devengada.

Deducciones en caso de devolución:

  • No se percibirá la remuneración del año en curso en las aportaciones reembolsadas durante el periodo de permanencia de 2 años.
  • En las aportaciones reembolsadas a partir de la finalización del periodo de permanencia, se percibirá íntegramente la remuneración devengada.

PERIODO DE SUSCRIPCIÓN

Se pueden suscribir en cualquier momento.

Se pueden suscribir en cualquier momento.

  • Solo se pueden suscribir durante los periodos de suscripción que acuerde la Asamblea General.
  • Actualmente no hay ningún periodo de suscripción abierto.

Se pueden suscribir en cualquier momento.

DEVOLUCIÓN

Su devolución implica causar baja como socia de Coop57.

Su devolución no implica causar baja como socia de Coop57.

Su devolución no implica causar baja como socia de Coop57.

Su devolución no implica causar baja como socia de Coop57.

Su devolución está condicionada a la aprobación por parte del Consejo Rector, órgano que se reserva la posibilidad de rechazarla incondicionalmente.

Su devolución es inmediata. No está condicionada a la aprobación por parte del Consejo Rector.

Su devolución está condicionada a la aprobación por parte del Consejo Rector, órgano que se reserva la posibilidad de rechazarla incondicionalmente.

Su devolución es inmediata. No está condicionada a la aprobación por parte del Consejo Rector.

PLAZOS DE DEVOLUCIÓN

No tiene plazos de devolución, pero la devolución está sujeta al calendario de reuniones mensuales del Consejo Rector (es decir, la devolución puede tardar en ser efectiva hasta un mes, siempre que el Consejo Rector lo autorice).

No tiene plazos de devolución, la devolución es inmediata.

Se puede solicitar su devolución en los siguientes plazos:

  • Hasta los días 10 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.
  • Su reembolso se hará efectivo en 60 días naturales, siempre que el Consejo Rector lo autorice.

No tiene plazos de devolución, la devolución es inmediata.

FISCALIDAD

Al no tener remuneración, no está sujeta a retención fiscal.

La remuneración se considera rendimiento del capital mobiliario y está sujeta a retención fiscal (19% actualmente).

La remuneración se considera rendimiento del capital mobiliario y está sujeta a retención fiscal (19% actualmente).

La remuneración se considera rendimiento del capital mobiliario y está sujeta a retención fiscal (19% actualmente).

FORMULARIO DE SOLICITUD

ENTITAD

APORTACIONES

Las entidades pueden adquirir hasta un máximo de 50.000 €

CONDICIONES