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Aportaciones voluntarias con periodo de permanencia

¿Qué son las aportaciones voluntarias con periodo de permanencia?
Coop57 es una cooperativa de servicios financieros éticos y solidarios que recoge ahorro popular para canalizarlo hacia la financiación de proyectos transformadores de economía social y solidaria. Este ahorro se obtiene principalmente mediante aportaciones al capital social de la cooperativa.
Las aportaciones al capital social de Coop57 tienen el objetivo de dotar a la cooperativa de recursos económicos para poder desarrollar su actividad financiera en base a los criterios éticos y sociales establecidos colectivamente. Estas aportaciones permiten a Coop57 atender las solicitudes de financiación de las entidades de economía social y solidaria que recibe.
Las aportaciones al capital social no tienen ningún plazo de vencimiento, pero se puede solicitar su devolución en el momento que cada socia considere oportuno.
Coop57 dispone de distintas tipologías de aportaciones al capital social, con naturalezas y condiciones diferenciadas.
• Aportaciones obligatorias
Son las aportaciones que toda persona o entidad debe efectuar para devenir socia de Coop57. Su devolución implica causar baja como socia.
• Aportaciones voluntarias
Una vez desembolsada la aportación obligatoria, toda socia puede efectuar aportaciones voluntarias al capital social. Actualmente Coop57 dispone de 3 tipologías de aportaciones voluntarias:
- Aportaciones voluntarias exigibles. Es la principal tipología de aportación que ha empleado Coop57 para obtener ahorro de sus socias. Se pueden suscribir en cualquier momento y se puede solicitar su devolución también en cualquier momento. La devolución es inmediata y no implica ningún tipo de deducción en la remuneración devengada.
- Aportaciones voluntarias a los fondos propios. Su finalidad es fortalecer los fondos propios de Coop57. Se pueden suscribir en periodos cerrados de emisión (actualmente, no hay ninguna emisión abierta). Su devolución está condicionada a la aprobación por parte del Consejo Rector, órgano que se reserva la posibilidad de rechazarla incondicionalmente. Se puede solicitar su devolución en plazos prefijados; si se solicita la devolución antes de un periodo mínimo, no se percibe remuneración.
- Aportaciones voluntarias con periodo de permanencia. Su finalidad es fomentar un ahorro solidario que tenga una cierta estabilidad. Por este motivo, tienen un periodo de permanencia de 2 años. Se pueden suscribir en cualquier momento y se puede solicitar su devolución también en cualquier momento. La devolución es inmediata, pero si es durante el periodo de permanencia inicial de 2 años no se percibe la remuneración del año en curso.
Esta última tipología de aportaciones voluntarias con periodo de permanencia es la que ponemos en marcha para ofrecer a nuestras socias mayor diversidad de opciones de ahorro en Coop57.
¿Por qué Coop57 pone en marcha esta nueva tipología de aportación?
La misión de Coop57 es contribuir a la transformación de la economía y de la sociedad a través de la actividad financiera.
En los últimos años, Coop57 ha desarrollado una intensa actividad crediticia para poder dar respuesta a las necesidades financieras de proyectos transformadores de economía social y solidaria. Esta actividad crediticia ha podido llevarse a cabo gracias a las aportaciones al capital social efectuadas por nuestras socias, mediante un modelo financiero cooperativo autogestionado.
Esta actividad crediticia ha disminuido los recursos disponibles para conceder nuevos préstamos. El siguiente gráfico muestra la evolución del saldo vivo de préstamos (el importe pendiente de retornar de los préstamos concedidos), poniéndola en relación con la evolución del saldo de aportaciones.
El aumento de los préstamos concedidos es debido al propio dinamismo de la economía social y solidaria: cada vez hay más proyectos que acuden a Coop57 para financiar su actividad. Además, muchos de estos proyectos están creciendo y requieren préstamos de importes más elevados. También hay que tener en cuenta que en los últimos años hemos sido una herramienta fundamental para financiar iniciativas que precisan altos volúmenes de inversión a amortizar a muy largo plazo, como cooperativas de vivienda en cesión de uso, proyectos de energías renovables o inversiones en locales para consolidar espacios propios de economía transformadora.
Para poder seguir asumiendo el aumento del saldo de préstamos que conlleva atender las necesidades financieras de las entidades de economía social y solidaria, necesitamos aumentar el volumen de las aportaciones. Y, para conseguir este objetivo, habilitamos esta nueva tipología de aportación voluntaria con periodo de permanencia para poder ofrecer a nuestras socias una mayor diversidad de opciones para aportar sus ahorros a Coop57 que, a la vez, nos permita cubrir mejor nuestras necesidades de recursos.
Devolución
Se puede solicitar la devolución en cualquier momento.
Si la devolución se solicita antes del periodo de permanencia (2 años), se aplicará una penalización del 100% de la remuneración del año en curso.
Garantías
Igual que el resto de aportaciones al capital social de Coop57, esta nueva tipología de aportación voluntaria con periodo de permanencia está respaldada por la propia capacidad económica y financiera de Coop57.
Coop57 desarrolla una actividad financiera como cooperativa de servicios. No es un banco y, en consecuencia, no dispone de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos del Banco de España.
Coop57 articula distintos mecanismos para garantizar las aportaciones de las personas socias:
- Destina sus excedentes exclusivamente a reservas.
- Exige a las entidades que reciben financiación que hagan aportaciones adicionales al capital social para nutrir un fondo solidario para garantizar los préstamos.
- Anualmente, dota lo máximo posible las provisiones para posibles impagos.
- Acota el límite máximo de préstamo que puede recibir una entidad socia, de manera que así distribuye el riesgo (como máximo, una entidad no puede recibir en préstamos más del 2% de los recursos de que dispone Coop57).
- Mantiene acuerdos con distintas entidades para compartir riesgos y garantizar los préstamos concedidos (Fondo Europeo de Inversiones, Sociedades de Garantía Recíproca, Administraciones Públicas, Fundaciones y otras entidades de la Economía Social y Solidaria).
- En los casos de financiación de locales y de proyectos de vivienda social y/o cooperativa, puede utilizar garantías hipotecarias sobre la propiedad o el derecho de superficie del inmueble.
Coop57 es una cooperativa que se gestiona de forma democrática y participativa y que articula mecanismos para que los socios y socias puedan conocer adecuadamente y en todo momento su situación económica y puedan participar colectivamente en la toma de decisiones.
Diferencias con otras tipologías de aportaciones al capital social
La siguiente tabla muestra las diferencias entre las distintas tipologías de aportaciones al capital social de Coop57.
Subscripción, desembolso, acreditación, retribución y devolución
¿CÓMO PUEDO SUSCRIBIR APORTACIONES?
Rellenando el formulario web del lado.
A través de la Oficina Virtual, en el menú “Peticiones”, seleccionando “Nueva aportación con periodo de permanencia”.
¿CÓMO SE EFECTÚA EL DESEMBOLSO PARA SUSCRIBIR APORTACIONES?
El desembolso de la aportación puede efectuarse:
• Por domiciliación bancaria.
• Por transferencia bancaria.
• Por un traspaso desde las aportaciones voluntarias exigibles al capital social de Coop57.
¿CÓMO SE ACREDITARÁN LAS APORTACIONES?
Mediante un certificado de apertura con las condiciones vigentes que estará disponible en la Oficina Virtual en un plazo de un mes. Mientras este certificado no esté disponible, todas las personas que hayan efectuado aportaciones dispondrán de un comprobante de la solicitud que incluirá el detalle de las condiciones de la aportación.
Las diferentes aportaciones hechas a posteriori se acreditarán mediante el extracto que se podrá consultar en la oficina virtual.
¿CÓMO SE EFECTUARÁ EL PAGO DE LA REMUNERACIÓN?
La remuneración se acumulará como aportación voluntaria exigible (una vez descontada la retención fiscal).
La remuneración se efectuará cuando la aportación cumpla el año de permanencia y se abonará el día 15 de cada mes para las aportaciones suscritas antes del día 10.
¿CÓMO HAY QUE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LAS APORTACIONES?
A través de la Oficina Virtual, en el menú “Peticiones”, seleccionando “Devolución de aportación con periodo de permanencia”.
Fiscalidad y transparencia
La remuneración de las aportaciones voluntarias con periodo de permanencia es considerada como rendimiento del capital mobiliario y está sujeta a retención fiscal (19% en la actualidad). Como es habitual, en cumplimiento estricto y transparente de la normativa fiscal, Coop57 retiene ese porcentaje, lo abona a la autoridad fiscal y emite el pertinente certificado, que queda incorporado a los borradores de las declaraciones tributarias.